El UIA-IROL está profundamente preocupado por los efectos devastadores que la actual pandemia global de COVID-19 está teniendo y seguirá teniendo en los derechos y libertades fundamentales. A medida que se invocan e implementan medidas de emergencia en países de todo el mundo, las violaciones de los derechos humanos se multiplican a un ritmo alarmante. Aunque el UIA-IROL reconoce que algunas de estas medidas son inevitables y necesarias para contener la propagación del virus, también es consciente de la necesidad de preservar los derechos fundamentales de todos en la mayor medida posible, tanto en el contexto actual como una vez que la pandemia se resuelva. Para ello, hay muchas formas en las que los Estados pueden garantizar la protección de estos derechos para sus ciudadanos.
Las medidas que restringen los derechos y libertades para lograr los objetivos necesarios de lucha contra la pandemia deben ofrecer garantías y deben ser lo más limitadas posible, en alcance y en tiempo.
En primer lugar, los derechos y libertades fundamentales deben ser garantizados a todos los ciudadanos en la mayor medida posible. La adecuación, necesidad y proporcionalidad de las acciones deben ser los criterios de referencia para cualquier medida que se adopte con el objetivo de afrontar la crisis de COVID-19. Los tratados vigentes son muy claros en cuanto a la protección de los derechos humanos durante un estado de emergencia. Entre otras disposiciones, esto está expresado claramente en el artículo 4 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que se refiere a las “situaciones excepcionales” que pongan en peligro “la vida de la nación y cuya existencia haya sido proclamada oficialmente” .
El UIA-IROL señala además que ninguna situación de emergencia puede justificar la revocación o suspensión de una serie de derechos fundamentales, incluido el derecho a la vida, la prohibición de la tortura, el principio de legalidad y el debido proceso en asuntos penales y las libertades de pensamiento, conciencia y religión . Asimismo, durante todo estado de emergencia se deben respetar también las garantías judiciales, así como la presunción de inocencia. Finalmente, la protección de estos derechos que no pueden ser objeto de suspensión requiere que el derecho de acceso a los tribunales, para que éstos decidan sin demora sobre la legalidad de cualquier clase de detención, no se vea afectado por la decisión de un Estado Parte de crear excepciones o suspender de otro modo la legislación sobre derechos humanos .
El UIA-IROL manifiesta también su profunda preocupación por determinadas acciones de actores privados — p.ej. de empleadores, proveedores de servicios e incluso particulares — que dan lugar a la discriminación y marginalización de personas por motivo de su nacionalidad, su estado de salud, supuesto o demostrado, o su ocupación (principalmente profesionales de la salud, auxiliares sanitarios y otros miembros del personal sanitario dedicado a la atención de pacientes, en particular de grupos vulnerables). El UIA-IROL urge a los Estados a protegerlos contra dicha discriminación.
El UIA-IROL urge además a los Estados a seguir respetando la privacidad y el secreto médico en la mayor medida posible, y eso a pesar de la crisis provocada por la COVID-19. En este sentido, resultan especialmente preocupantes las medidas adoptadas que conllevan la vigilancia permanente de los ciudadanos, so pretexto de luchar contra el coronavirus, especialmente por motivos no relacionados con la salud, por ejemplo, para rastrear a oponentes políticos o a quienes son críticos con el gobierno. Dichas medidas a menudo violan no sólo el derecho internacional sino en muchos casos las constituciones y leyes nacionales de los Estados que las aplican. Estas medidas deben guiarse, una vez más, por los tres principios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad. Los Estados deben vigilar y proteger a sus ciudadanos contra todo abuso o uso no conforme de información médica y todo otro tipo de información privada.
Existen análisis comparativos que demuestran que los ciudadanos confían en que las autoridades políticas y sanitarias de su país desempeñan un papel decisivo para el cumplimiento efectivo de las leyes relativas a las situaciones de emergencia. Dado que es probable que las medidas extraordinarias sean necesarias durante un periodo de tiempo limitado, el UIA-IROL insta a los Estados a comunicar a sus ciudadanos de forma clara, transparente, precisa y útil, información sobre las medidas implementadas para combatir el virus.
Asimismo, los ciudadanos tienen derecho a ser informados en todo momento sobre la evolución de la situación por medios de comunicación independientes, así como por profesionales sanitarios y expertos en la materia. Por consiguiente, el UIA-IROL hace un llamamiento a los Estados a que protejan a quienes trabajan en los medios y, en particular, a periodistas y expertos científicos, contra todo tipo de ataques, hostigamientos, amenazas, detenciones o censura, y a que luchen contra las campañas de desinformación.
El regreso a la normalidad y el restablecimiento total de la vigencia de los derechos deben ser una prioridad para los Estados en cuanto finalice la crisis:
El UIA-IROL indica que el principio aplicable a las medidas de emergencia que limitan o suspenden de cualquier otro modo derechos importantes es que su naturaleza ha de ser excepcional y temporal. La crisis de COVID-19, una situación de emergencia de duración limitada aunque prolongada, no debe utilizarse como pretexto para prolongar las restricciones de los derechos indefinidamente. Los Estados deben trabajar para restablecer todos los derechos y libertades tan pronto como sea razonablemente posible.
La función de los abogados en la crisis actual y el restablecimiento de la vigencia de los derechos en el periodo poscrisis:
Los abogados tienen una función primordial que desempeñar para la protección de los derechos, tanto durante como después del periodo de implementación de medidas de emergencia.
Durante la crisis, la protección de la población depende en gran medida de la abogacía, que desempeña un papel determinante para garantizar que se respeten los principios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad. Los abogados son también actores esenciales para proteger los derechos inderogables contra toda violación, especialmente en el caso de los grupos más vulnerables, que en muchos casos son los primeros afectadas por la crisis sanitaria.
En este sentido, el UIA-IROL acoge con beneplácito y apoya las iniciativas de varios colegios de abogados, destinadas a intentar proteger a la población procurando garantizar el respeto de los derechos . Es el caso, sobre todo, de las personas privadas de libertad (como los presos y los migrantes retenidos en centros de detención) que, debido a su situación, se ven expuestos a un riesgo exponencialmente mayor de infección, a menudo sin tan siquiera recibir medidas mínimas de atención médica.
Nuestros compañeros abogados han tratado de proteger también a los solicitantes de asilo que, debido al coronavirus y al consiguiente cierre de las agencias competentes en materia de asilo, ya no pueden presentar solicitudes de entrada o de permisos de residencia y, por lo tanto, se ven obligados a deambular sin hogar de una ciudad a otra. El UIA-IROL señala que los Estados no están exentos de cumplir sus obligaciones internacionales —especialmente las emanadas de la Convención de Ginebra de 1951— a pesar de la declaración de la emergencia sanitaria.
Por último, una vez que se haya superado la crisis, los abogados deberán redoblar sus esfuerzos para contribuir a restablecer los derechos que se habían visto restringidos o suspendidos temporalmente como consecuencia de la crisis del coronavirus.
El UIA-IROL apoya plenamente a los abogados y a los colegios de abogados que, en estos tiempos difíciles, luchan a diario para proteger los derechos y hace un llamamiento a todos los abogados y asociaciones de abogados para que se unan para afrontar los retos del periodo poscrisis.
Por último, el UIA-IROL urge a los Estados a garantizar la rendición de cuentas y a que se lleve ante los tribunales a quienes hayan cometido violaciones de los derechos humanos o abuso de poder durante el estado de emergencia, así como a enfatizar la función esencial que un poder judicial y una abogacía independientes desempeñan para la protección de los derechos humanos durante la crisis de COVID-19.